CCV Informa. Alternativas de Ahorro a los Planes de Pensiones

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- Dic 13, 2019

Todos conocemos que de cara a obtener ingresos extras en nuestra jubilación la forma más común es la aportación durante nuestra vida laboral a los planes de pensiones, pero en el mercado existen otras alternativas de ahorro que son también interesantes porque tienen ventajas fiscales.

De estas alternativas vamos a destacar dos, pero les recomendamos que consulten con su banco o entidad aseguradora para que les informen de los productos que tienen, y una vez sean informados nos lo comenten,   y así  contrastar la información que les dan, ya saben que a veces nos “venden” productos que sólo les interesa a ellos…

Destacamos:

Planes de Previsión asegurado

Inversión: En seguros de vida ahorro

Importe:  Las aportaciones no pueden superar los 8.000 euros anuales.

Seguridad Financiera:

  • 100% del capital garantizado
  • Rentabilidad mínima garantizada

Fiscalidad: Las aportaciones son deducibles en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, el límite es la menor de las dos siguientes cantidades:

  • 8.000,00€
  • 30% neto de los rendimientos netos de trabajo y actividades económicas.

Opinión: 

Es un producto similar a los planes de pensiones que conocemos todos, pero con la diferencia que cuando lleguemos a la jubilación está asegurado el capital que hemos invertido y la rentabilidad del producto que hemos seleccionado.

Cómo se puede traspasar los planes de pensiones a los planes de previsión asegurado, una buena táctica sería invertir en un plan de pensiones, y cuando la economía la vemos “confusa” traspasar el importe a un plan de previsión asegurado, y con este movimiento aseguramos el capital

2. Plan de Ahorro a Largo Plazo, (Plan de ahorro 5)

Inversión:

  • Las aseguradoras lo invierten bajo la denominación de Seguro Individual de Ahorro
  • Los bancos lo invierten bajo la denominación de Cuentas Individual de Ahorro a Largo Plazo

Importe: Las aportaciones no pueden superar los 5.000 euros anuales.

Seguridad Financiera:

  • 85% de la inversión es garantizado por la aseguradora o el banco
  • 15% restante no está garantizado, que no quiere decir que se pierda

Fiscalidad: Si lo rescatas a los cinco años, el rendimiento está exento de tributar, es decir, el beneficio    no paga a hacienda.

Opinión:

  • Es un producto que se invierte en renta fija, por lo que la rentabilidad no es muy alta, pero si es segura.
  • Esta rentabilidad, aunque sea pequeña no tributa a hacienda siempre que se rescate todo a los cinco años
  • Es un producto de inversión a corto plazo que permite planear un pequeño ahorro para una inversión o gasto futuro

 

Le informamos que cualquier duda, sugerencia y consulta siempre pueden contar con nuestro equipo que les asesorara en todo momento.


Tags: #Laboral


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